¿Cómo y cuándo puedes desgravar el seguro médico?

Desgravar el seguro médico en la declaración de la renta o en el impuesto de sociedades es algo de lo que podrás beneficiarte tanto si tienes una empresa, como si trabajas por cuenta propia o ajena. Ahora bien, para hacerlo hay que cumplir una serie de requisitos, rellenar correctamente la documentación que será necesario enviar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y saber que existen ciertas limitaciones con respecto a las cantidades que se pueden acoger a esta ventaja fiscal. Por ello, entender cómo y cuándo se puede desgravar el seguro médico es algo fundamental para todas aquellas personas que cuentan con una póliza.

¿Es posible desgravar el seguro médico?

En primer lugar, es necesario mencionar que no todo el mundo puede desgravar el seguro de salud, ya que dicha condición dependerá de las características de cada persona. De hecho, un particular no se puede beneficiar de estas ventajas fiscales, ya que se consideran un complemento voluntario a las coberturas que ofrece el Sistema Nacional de Salud.

En cambio, los autónomos sí que pueden optar a estas deducciones, así como todas aquellas compañías que doten a sus empleados de un seguro médico. Ahora bien, el Ministerio de Hacienda realiza una gran distinción entre los trabajadores autónomos, los que lo hacen por cuenta ajena y las propias compañías, ya que entre ellos existen circunstancias bien distintas. A continuación, mencionaremos algunas de las principales características de los tres grupos que acabamos de citar.

  1. Trabajadores autónomos. En régimen de estimación directa, tu seguro de salud es un gasto deducible. La deducción del seguro médico aplicable es la correspondiente a la prima del seguro, la del cónyuge o la de los hijos menores de 25 años que convivan con la persona asegurada y que no perciban ingresos por un importe superior al establecido en la ley.
  2. Trabajadores que cuenten con seguro médico facilitado por la empresa. Del gasto abonado por la empresa en los seguros médicos de sus empleados como gasto social en el Impuesto de Sociedades. Por tanto, se restará de los beneficios obtenidos por la compañía.
  3. Empresas que tengan seguro de salud colectivo. No tendrá la consideración de retribución en especie el importe de la prima del seguro de salud, y, por tanto, estarán exentos de tributación todas aquellas primas proporcionadas por la empresa para él, su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él, siempre que no excedan los 500 € por persona. En caso de que la prima del seguro sea por un importe mayor de 500 €, los primeros 500 € estarían exentos de tributación, y el resto tributaría con rendimiento en especie.

¿Cómo pueden los autónomos desgravar el seguro médico?

Los autónomos pueden desgravar el seguro médico privado. Solo tienen que incluirlo en la casilla 200 de su declaración (para los adscritos al régimen de estimación directa), la cual se corresponde a las “Primas del Seguro”. Eso sí, para que sea deducible, el gasto debe cumplir una serie de requisitos:

  • Debe estar registrado en su contabilidad.
  • Debe estar justificado (existe una factura)
  • Debe corresponder al ejercicio fiscal sobre el que se declara

Además, los trabajadores autónomos tienen dos formas de realizar los pagos, bien en pago único a través de la declaración anual del IRPf, o bien a mediante un pago fraccionado gracias al modelo 130.

¿Cuánto desgrava el seguro médico?

Tal y como venimos mencionando, existen diferentes figuras que cumplen los requisitos para desgravar el seguro médico en la declaración de la renta. A pesar de que, tanto empresarios que cuentan con seguros médicos privados para sus empleados, como los trabajadores autónomos, cumplan con los requisitos, no se les aplica de la misma manera. A continuación, mencionaremos cuánto se desgravan del seguro médico privado cada uno de ellos.

  1. En el caso de los empresarios, será cualquier compañía la que se podrá desgravar hasta un máximo de 500 euros por empleado en caso de proporcionarle un seguro de salud. En el supuesto de exceder los 500€, será considerado como retribución en especie. Para ello, el tomador del seguro deberá ser la propia empresa, además de ser también la compañía la que se encargue de su correspondiente pago. En caso del trabajador por cuenta ajena, en la factura fiscal no se considera rendimiento de trabajo.
  1. Autónomos. En caso de que se haga por estimación directa, la deducción se aplicará a cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él. En este caso, la deducción supone una reducción de la base imponible, por lo que el tipo impositivo se aplicará en el tramo correspondiente. En la declaración de la renta, el trabajador autónomo deberá cumplimentar el modelo 130 y recibir el pago de forma única o a plazos. El límite impuesto es de 4.500€ en total.

En el campo empresarial, disponer de un seguro de salud conlleva ventajas fiscales tanto para la empresa, como para los trabajadores de la misma. A continuación, mencionaremos algunos de los beneficios más conocidos.

  1. Ventajas para el trabajador. Si el trabajador recibe la póliza de salud como parte del salario, esta no se considera rendimiento del trabajo, por lo que tanto él, como su cónyuge e hijos menores de 25 años que vivan en el domicilio familiar y no tengan unos ingresos superiores a lo acordado, están exentos de tributar. En este caso, el límite también se establece en 500 euros por cada una de las personas indicadas.
  1. Ventajas para la empresa. La compañía puede deducirse el 100% del capital que destine a pagar un seguro de salud colectivo a sus trabajadores, ya que tributa por el Impuesto de Sociedades. Y es que, a las empresas se les aplica el Impuesto de Sociedades en función de los beneficios que obtengan. De esta manera, el importe de estas pólizas médicas se incluirán en la cuenta de beneficios, dando como resultado una importante rebaja fiscal.

En caso de que se cumplan con todos los requisitos anteriormente mencionados, así como con el correcto cumplimiento de la correspondiente documentación, los trabajadores autónomos y aquellas compañías que proporcionen a sus trabajadores un seguro colectivo de salud, podrán desgravarse de su seguro médico en la declaración de la renta. Es importante conocer las ventajas fiscales que se podrán obtener, debido a que estas suponen una situación muy beneficiosa de cara a una reducción fiscal.

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